DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, con funciones de Control Nro. 02, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: PRIMERO: Con Lugar la solicitud presentada por el ciudadano ARCINIEGA MERINO AMERICO JAVIER, titular de la cédula de identidad número E-81.429..939; en consecuencia, conforme al artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, se acuerda la entrega Bajo Guarda y Custodia del vehículo Marca Chevrolet, Modelo Chevette, Color Beige, Año 1.987, Placas RAG04W, Serial de Carrocería 5C115HV210238, Serial del Motor 5HV210238, tipo Coupe, Uso Particular. SEGUNDO: Remítase oficio al Encargado del Estacionamiento donde se encuentra en calidad de depósito el vehículo objeto de la presente solicitud, a los fines que le sea entregado al solicitante antes identificad. TERCERO: Devúelvanse los documen.....