D I S P O S I T I V A
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta Medida Privativa Judicial Preventiva de libertad en contra del imputado MANUEL RAFAEL RONDON CONTRERAS, venezolano, Titular de la Cedula de Identidad Nº V-19.168.515, de estado civil soltero, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, nacido el día 24 de Julio de 1985, de 26 años de edad, hijo de los ciudadanos Manuel Rondón (v) y Dalia Contreras (v), residenciado en la Calle Principal Menca de Leoni, Casa # 12, teléfono Nº 0414-8027130, Barcelona, Estado Anzoátegui, por la comisión del delito de "HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES", previsto y sancionado en el artículo 406, ordinal 1º del Código Penal Venezolano vigente, en perjuicio del ciudadano CARLOS ENRIQUE GUAICARA (OCCISO), todo de conformidad con lo establecido en los artícu.....