DECISION
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo del Municipio Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de divorcio, fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil Venezolano Vigente, formulada por los ciudadanos los ciudadanos: JOSE ANTONIO BIRRIEL y ELIANA FRANCISCA ANTEQUERA REYES, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº. 15.563.559 y 25.567.958, respectivamente, el primero domiciliado en el Sector Gladis de Lucinche, Calle Principal, a la altura de la Manga de Coleo, Casa S/N, del Municipio Aragua de Barcelona, Estado Anzoátegui y la segunda de los nombrados domiciliada en el Sector Buenos Aires, Prolongación avenida Miranda, Calle El Carmen, Casa N° 8-204, Barcelona, Municipio Simón Bolívar, Estado Anzoátegui, asistido por CLAUDIVER CASTILLO GUARISMA, abogada en ejercicio e.....