en consecuencia esta Juzgadora Abg. FARAH MELISSA AZOCAR, Juez Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, tomando en cuenta el Principio de Prioridad Absoluta y el Interés Superior del Niño, Niña y del adolescente, determinado por la necesidad de equilibrio entre las exigencias del bien común y los derechos y garantías del Niño, Niña o Adolescente y la Condición especifica de los Niños, Niñas y Adolescentes, como personas en desarrollo, establecido en el Articulo 8, Literal d y e de la Ley de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, a los fines de garantizar el derecho a la vida y a la salud del niño de marras, siendo estos derechos consagrados en nuestra constitución, y en la Ley Especial, en concordancia lo establecido en el Articulo 466, Literal i, de la ley en comento acuerda: DECRETAR MEDIDA PREVENTIVA DE AUTORIZACION PARA VIAJAR, en beneficio del niño (Se Omite de Conform.....