En virtud de las razones expuestas anteriormente este Juzgado Segundo de Primera Instancia de mediación y sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, sede Barcelona, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: EL ABANDONO DEL TRAMITE, en la presente demanda de DIVORCIO 185-A, por la ciudadana LAURA ELENA ROJAS VIZQUEL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.237.771, domiciliada en el Viñedo, Sector II, Barcelona, Estado Anzoátegui, debidamente asistida en este acto por la Abogado en ejercicio MERCEDES SALAZAR PACHECO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 113.675, mediante la cual solicita la Disolución del Vinculo Conyugal, de conformidad con el artículo 185-A, en contra del ciudadano EDUARDO RAFAEL THOMAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.201.872, domiciliado en el Viñedo, Sector 03, Calle 02, Casa Nº 20, cerc.....