Este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui; Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda otorgar al penados JARRISON LEONEL RENGIFO, Venezolano, títular de la cédula de identidad N. 17.200.060, el Beneficio de Destacamento de Trabajo, como fórmula de Cumplimiento de Pena con Trabajo fuera del Establecimiento Penitenciario, en la Ferreterìa Puerto Pìritu, ubicada en la Calle Bermudez, Puerto Pìritu, Estado Anzoàtegui, para que preste servicio como Ayudante de Depòsito, sometiéndose a las normas que regulan el presente beneficio y su compromiso personal. Cúmplase. Regístrese, notifíquese y líbrense las correspondientes participaciones a las partes y boleta de traslado correspondiente al penado, a los fines de imponerlo de la decisiòn.