este JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, con sede el Tigre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por Prestaciones Sociales intentó ARTURO JOSE FERNANDEZ MARIN, supra identificado, en contra de la demandada INVERSIONES CLASICOS FM C.A. y al codemandado personalmente MAXIMO JOSE ATTARDI, venezolano, mayor de edad, cedulado bajo el N° V-6.930.976; en consecuencia, se condena a pagar la cantidad total de BOLIVARES SIETE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y TRES CON CUARENTA Y SIETE CÉNTIMOS (Bs. F. 7.783,47); adicionando a cada monto los intereses sobre prestaciones sociales, intereses moratorios e indexación, conforme a la experticia complementaria del fallo que se ordena practicar en fase de ejecución, mediante un experto contable que designará el tribunal por cuenta de la demandada.