Este Tribunal, con vista de los recaudos acompañados a solicitud en referencia, a las declaraciones rendidas bajo juramento por los ciudadanos Gabriela del Valle Pérez, Yordan Daniel Rodríguez Piñango, Jesús Eduardo Martínez García, declara las presentes actuaciones suficiente Titulo de Perpetua Memoria, para asegurarle a las ciudadanas JACQUELINE GUILLEN DIAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. V-8.294.326 y JOCELINE ADRIANNY CARVAJAL GUILLEN, venezolana, mayor de edad, portadora de la cedula de identidad Nro. 26. 072. 389, sus condiciones de UNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS, de quien en vida se llamara JUVENCIO RAMON CARVAJAL GONZALEZ, quien conforme consta del acta de Defunción acompañada a la solicitud bajo examen, era de nacionalidad venezolana, mayor de edad, portador de la cédula de identidad N°. 11.903.273; fallecido ab-intestato en fecha 19 de agosto de 2017; quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros, todo de conformidad con lo dis.....