Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra de los imputados: ALEXYS HERNANDEZ, Venezolano, natural de Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, donde nació el día 17-08-1987, de 19 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 19.496.899, de estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, hijo de los ciudadanos Alexander Hernández y Lesbia González, residenciado en BARRIO COLINAS DE VALLE VERDE, CALLE SAN FELIPE, CASA N° 66, CERCA DE LA BODEGA, PUERTO LA CRUZ, Estado Anzoátegui; ALEXANDER HERNANDEZ GUARIQUE, Venezolano, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació el día 05-04-1985, de 21 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.852.066, de estado civil soltero, de profesión u oficio estudiante, hijo de los ciudadanos Alexande.....