Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control Nº 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD al ciudadano: JESUS RAFAEL VASQUEZ SILVIO, Titular de la Cedula de Identidad N° 22.570.090, natural de Puerto la Cruz, residenciado en San Diego, sector los Olivos calle 5, Barcelona Estado Anzoátegui, donde nació, en fecha 05/09/1983, de 24 años de edad, de estado civil soltero, profesión u oficio Albañil hijo de los ciudadanos: SAUL MACHADO Y MARVID SILVA, por la comisión de los delitos de INCENDIO EN GRADO DE TEANTATIVA Y AMENAZA, previstos y sancionados en los artículos en el primera aparte del articulo 343 en concordancia con el primera aparte del articulo 80 del Código Penal y 41, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de DEL VALLE DESIREE ABREU MATUTE, todo de .....