Por los fundamentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, éste Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, con funciones de de Control Nro. 02, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decide: Conforme al artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, se dicta SENTENCIA DEFINITIVA CONDENATORIA, en contra de la ciudadana RAMONA LOURDES RODRIGUEZ, venezolana, titular de la cedula de identidad N° 5.884.180, natural de Carúpano, Estado Sucre, donde nació en fecha 31/08/1957, de 47 años de edad, grado de Instrucción segundo año, de profesión u oficio del hogar, de estado civil soltero, hijo de los ciudadanos: GERTUDRIS RODRIGUEZ (V) y de GABRIEL MILLAN MATA (D), residenciado en: Barrio Jardín de Bello Monte Casa N° 46 Calle Bolívar Puerto la Cruz Estado Anzoátegui, por la comisión del delito de POSESION ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el artículo 3.....