En consecuencia, este Tribunal de Control Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: LA LIBERTAD POR APLICACIÓN DE MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS AL CIUDADANO: VIDALI JOSE DIAZ, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° V- 12.663.708, natural de Cumanà, Estado Sucre, donde nació en fecha 01-11-1970, de 34 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio obrero, hijo de los ciudadanos Eustacio Planchet (D) y Maria Josefina Díaz (V), residenciado en Calle Principal, Casa Nª 22, Pica del Neverí, Naricual, Barcelona, Estado Anzoátegui, de conformidad en el artículo 256, ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, El procedimiento a seguir es el Ordinario. Librándose oficio al Director Presidente de la Zona Policial N° 01 del Estado Anzoátegui, Se ordena la remisión de las presentes actuaciones a la Fiscalía respectiva.....