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Decisiones del dia 22/03/2011 |
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N° Expediente :
BP02-J-2011-000475
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N° Sentencia :
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Fecha: 22/03/2011 |
Procedimiento: Disuelto El Vìnculo Matrimonial |
Partes: MATILDE DEL VALLE PARRA RODRIGUEZ Y WIDMAN JOSE BLANCO BAQUERO, |
Resumen:
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de Divorcio de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil formulada por los ciudadanos MATILDE DEL VALLE PARRA RODRIGUEZ y WIDMAN JOSE BLANCO BAQUERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.286.265 y V-8.970.566, respectivamente. En consecuencia, se DECLARA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL QUE LOS UNE, contraído por ellos, en fecha 16/11/1996, por ante el Registro Civil del Municipio Guanta del Estado Anzoátegui; y así se decide.
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Juez/Ponente:
Ana Jacinta Durán
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Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio
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N° Expediente :
BP02-J-2010-002520
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N° Sentencia :
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Fecha: 22/03/2011 |
Procedimiento: Disuelto El Vìnculo Matrimonial |
Partes: MARLENE DEL VALLE MORANTES COACUTO Y SAGUN CELESTINO TONITO CARUTO |
Resumen:
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de Divorcio de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil formulada por los ciudadanos MARLENE DEL VALLE MORANTES COACUTO y SAGUN CELESTINO TONITO CARUTO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-13.369.792 y V-8.275.022, respectivamente. En consecuencia, se DECLARA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL QUE LOS UNE contraído por ellos, en fecha 20/01/1999 por ante la Prefectura del Municipio Bolívar del Estado Anzoátegui. Y así se decide.
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Juez/Ponente:
Ana Jacinta Durán
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Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio
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