Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara LA PERENCION DE LA INSTANCIA, todo en el juicio intentado por el ciudadano SERGIO MORON PADRON, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 2.922.311, debidamente asistido por la abogada en ejercicio YELITZA CLARKE DE CALCURIAN, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 19.919, en contra de la ciudadana CARMEN DELVIA GRATEROL DE MORON, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 2.234.767.