Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 07 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD SIN RESTRICCIONES a favor del Imputado: YOSTHER ENRIQUE BLANCO ITRIAGO, titular de la Cédula de Identidad N° 12.400.442, nacido en fecha 06-11-1972, natural de Caracas, Distrito Capital, de 34 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Comerciante, hijo de los ciudadanos: JESUS BLANCO (V) y YARLIS DE AGUILAR, residenciado en: Sector Palo Sano, frente a la Estación Eléctrica Palo Sano, Boca de Uchire, Estado Anzoátegui, en virtud de no encontrarse llenos los extremos del artículo 250 numeral 2° del Código Orgánico Procesal Penal, con fundamento a los principios del debido proceso, afirmación de libertad y presunción de inocencia contenidos en los artículos 49 y 44 ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, .....