En razón de los argumentos expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara al PERDIDA DEL INTERES, en virtud del ABANDONO DEL TRAMITE en la presente solicitud de INSPECCION JUDICIAL , intentado por la abogada CARMEN QUIJADA ESTABA, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 100.801, en su carácter de Defensora Publica Segunda Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en representación de los ciudadanos CRUZ ALEJANDRO ROJAS y JOSE ALEJANDRO ROJAS, titulares de las cedulas de identidad Nros V-4.899.268 y 19.675.118, respectivamente.- Y así se decide.-