Por todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL DEL MUNICIPIO SAN JOSÉ DE GUANIPA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en la solicitud de DECLARACION DE TITULO SUPLETORIO presentada por el ciudadano JHONNY VICTOR RIVERO ROJAS ROMERO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad No. V-10.222.111, domiciliado en la Calle El Carmen, No. 15, San José de Guanipa, Municipio Guanipa, del Estado Anzoátegui, con Teléfono: 0424-83484441, debidamente asistido por el ciudadano ABG. PEDRO ROSAS MENDOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-5.990.649, inscrito en el I.P.S.A. No. 37.612, con domicilio Procesal en la Av. Francisco de Miranda, Edificio El Coloso, 2do Piso, Oficina 204, El Tigre, Municipio Simón Rodríguez, Estado Anzoátegui, por haber operado en decaimiento de la acción en la presente .....