DISPOSITIVA
Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, EJECUTA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano: JEAN CARLOS FARIAS BASTARDO, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.905.906, natural de Barcelona, nacido en fecha 03/01/1983, de 32 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio electricista, hijo de ZORAIDA BASTARDO y EMILIO GONZALEZ, domiciliado en: TRONCONAL V, SECTOR 7, VEREDA 18, CASA 24, BARCELONA , teléfono 0416.282.14.31, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 452 del Código Penal, en agravio de HAROLD RAMON HERNANDEZ GONZALEZ. Notifíquese a las partes. Remítanse oficios al Ministerio del Poder Popular para las Relacio.....