En virtud de las razones expuestas anteriormente este Juzgado Primera de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, sede Barcelona, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: EL ABANDONO DEL TRAMITE , en la presente demanda de demanda de FIJACION DE REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, presentada por por la ciudadana Fiscal Décimo Tercero del Ministerio Público, Estado Anzoátegui, abogada FABIOLA QUINTANA FERNANDEZ, a requerimiento del ciudadano FRANCISCO JOSE CASARES AZOCAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-13.522.495, domiciliado en: Edificio Habibe, piso 10, apartamento 10-04, calle Sucre, Puerto La Cruz, a favor de la niña (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) , en.....