este Tribunal Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara la PERENCION DE LA INSTANCIA, en el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte demandada contra la sentencia proferida por el Suprimido Juzgado de Primera Instancia del Trabajo y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 17 de febrero de 1998, en el juicio por Calificación de Despido, seguido por el ciudadano LUIS GONZALEZ UZCATEGUI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.297.197, contra la sociedad mercantil RESTAURANT WHY NOT, C.A, ya identificados, con fundamento a lo establecido en los artículo 201 y 202 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y en consecuencia, firme la sentencia apelada.