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Decisiones del dia 22/09/2008

Formato:  Ficha  Lista

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N° Expediente : BP02-N-2008-000187 N° Sentencia : Fecha: 22/09/2008
Procedimiento:
Querella Funcionarial (Prestaciones Sociales)
Partes:
ALCALDÍA DEL MUNICIPIO SIMÓN BOLÍVAR DEL ESTADO ANZOÁTEGUI. VRS INSPECTORÍA DEL TRABAJO "ALBERTO LOVERA" EN BARCELONA, ESTADO ANZOÁTEGUI.
Resumen:
En consecuencia, al no estar ajustada la demanda a los requisitos de ley, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE el Recurso de Nulidad de Acto Administrativo interpuesto por la Alcaldía del Municipio Simón Bolívar del Estado Anzoátegui contra la Inspectoría del Trabajo "Alberto Lovera" en Barcelona, Estado Anzoátegui. Así se decide.
Juez/Ponente:
Mirna Mas Y Rubi Sposito
Organo:
Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo
arriba

N° Expediente : BP02-N-2008-000222 N° Sentencia : Fecha: 22/09/2008
Procedimiento:
Querella Funcionarial (Prestaciones Sociales)
Partes:
FELICIDAD JOSEFINA CARREÑO RIVAS VRS. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS FINANZAS
Resumen:
En base a las consideraciones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE la acción que por Jubilación y pago de la cantidad dineraria correspondiente interpusieran los Abogados Nélida Estaba y Diego Rodríguez, actuando en sus caracteres de apoderados judiciales de la ciudadana Felicidad Carreño Rivas contra el Ministerio del Poder Popular Para las Finanzas. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.
Juez/Ponente:
Mirna Mas Y Rubi Sposito
Organo:
Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo
arriba

N° Expediente : BP02-N-2008-000188 N° Sentencia : Fecha: 22/09/2008
Procedimiento:
Querella Funcionarial (Prestaciones Sociales)
Partes:
ALCALDÍA DEL MUNICIPIO SIMÓN BOLÍVAR DEL ESTADO ANZOÁTEGUI. VRS INSPECTORÍA DEL TRABAJO "ALBERTO LOVERA" EN BARCELONA, ESTADO ANZOÁTEGUI.
Resumen:
De la revisión de la presente demanda, el tribunal observa que el actor no acompañó la Providencia Administrativa en que se fundamenta la pretensión, es decir, un ejemplar o copia del acto objeto de impugnación del cual se derive el derecho deducido. Siendo obligación fundamental para el recurrente acompañar tal instrumento con la querella, es forzoso declarar incumplida la exigencia contemplada en el artículo 19, aparte 5 en concordancia con el artículo 21, aparte 9 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. En consecuencia, al no estar ajustada la demanda a los requisitos de ley, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE el Recurso de Nulidad de Acto Administrativo interpuesto por la Alcaldía del Municipio Simón Bolívar del Estado Anzoátegui contra la Inspectoría del Trabajo ".....
Juez/Ponente:
Mirna Mas Y Rubi Sposito
Organo:
Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo
arriba

N° Expediente : BP02-N-2008-000225 N° Sentencia : Fecha: 22/09/2008
Procedimiento:
Querella Funcionarial (Prestaciones Sociales)
Partes:
CARMEN AMANDA MUNDARAIN MALAVÉ VRS. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS FINANZAS
Resumen:
De la revisión exhaustiva de las actas que conforman el presente expediente, advierte este Órgano Jurisdiccional, que no existen elementos probatorios que le permitan a esta Juzgadora deducir que la parte demandante cumplió con la formalidad del procedimiento previo a las demandas patrimoniales en contra de la República, toda vez que a los autos no rielan documentos contentivos del asunto sometido a consideración de la Administración, razón por la cual la misma debe forzosamente ser declarada, como en efecto se declara, inadmisible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 60 ibidem. Así se declara. Para concluir, esta Juzgadora debe señalar que es el demandante quien debe probar que agotó la vía administrativa, ya que es él quien tiene la carga de la prueba y de las actas procesales no se evidencia que haya agotado tal procedimiento, por lo que en el presente caso al no haberse cumplido el procedimiento pautado en los artículos 54 y siguientes de la Ley Orgánica de la Procuradur.....
Juez/Ponente:
Mirna Mas Y Rubi Sposito
Organo:
Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo
arriba

N° Expediente : BP02-N-2008-000220 N° Sentencia : Fecha: 22/09/2008
Procedimiento:
Querella Funcionarial (Prestaciones Sociales)
Partes:
FRANKLIN JOSÉ CEDEÑO VRS. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS FINANZAS
Resumen:
Para concluir, esta Juzgadora debe señalar que es el demandante quien debe probar que agotó la vía administrativa, ya que es él quien tiene la carga de la prueba y de las actas procesales no se evidencia que haya agotado tal procedimiento, por lo que en el presente caso al no haberse cumplido el procedimiento pautado en los artículos 54 y siguientes de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la Republica, se reitera que, se debe forzosamente declarar, como ya se dijo, la inadmisibilidad de la demanda incoada. Así se decide. En base a las consideraciones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE la acción que por Jubilación y pago de la cantidad dineraria correspondiente interpusieran los Abogados Nélida Estaba y Diego Rodríguez, actuando en sus caracter.....
Juez/Ponente:
Mirna Mas Y Rubi Sposito
Organo:
Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo
arriba

N° Expediente : BP02-N-2008-000228 N° Sentencia : Fecha: 22/09/2008
Procedimiento:
Querella Funcionarial (Prestaciones Sociales)
Partes:
LEONIDA MARGARITA ROJAS DE LOZADA VRS. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS FINANZAS
Resumen:
Para concluir, esta Juzgadora debe señalar que es el demandante quien debe probar que agotó la vía administrativa, ya que es él quien tiene la carga de la prueba y de las actas procesales no se evidencia que haya agotado tal procedimiento, por lo que en el presente caso al no haberse cumplido el procedimiento pautado en los artículos 54 y siguientes de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la Republica, se reitera que, se debe forzosamente declarar, como ya se dijo, la inadmisibilidad de la demanda incoada. Así se decide. En base a las consideraciones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE la acción que por Jubilación y pago de la cantidad dineraria correspondiente interpusieran los Abogados Nélida Estaba y Diego Rodríguez, actuando en sus caracter.....
Juez/Ponente:
Mirna Mas Y Rubi Sposito
Organo:
Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo
arriba

N° Expediente : BP02-N-2008-000221 N° Sentencia : Fecha: 22/09/2008
Procedimiento:
Querella Funcionarial (Prestaciones Sociales)
Partes:
ELIGIO JESÚS ROSAL RONDÓN VRS.MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS FINANZAS
Resumen:
De los criterios jurisprudenciales parcialmente transcritos claramente se puede colegir que la omisión del antejuicio administrativo se traduce en una prohibición de la Ley de admitir la demanda, toda vez que el agotamiento previo de la reclamación administrativa, persigue como fin brindar la posibilidad de evitar el uso de la vía jurisdiccional cuando la pretensión del administrado sea directamente satisfecha por la Administración, e igualmente que la Administración conozca el alcance de las pretensiones que podrían ser deducidas en vía jurisdiccional, evitando con ello la sorpresa de una demanda inesperada, cuando la acción afecte los intereses patrimoniales de la República. De la revisión exhaustiva de las actas que conforman el presente expediente, advierte este Órgano Jurisdiccional, que no existen elementos probatorios que le permitan a esta Juzgadora deducir que la parte demandante cumplió con la formalidad del procedimiento previo a las demandas patrimoniales en contra de la .....
Juez/Ponente:
Mirna Mas Y Rubi Sposito
Organo:
Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo
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N° Expediente : BP01-P-1999-000638 N° Sentencia : Fecha: 22/09/2008
Procedimiento:
Revocatoria De Confinamiento
Partes:
FISCAL DECIMA:DRA.NANCY MONSALVE.DEFENSOR:DRA.ANA KATIUSKA CHACIN.ACUSADO:EDUARDO ANTONIO CARIMA VILLEGAS.
Resumen:
En tal virtud y con fundamento en la parte in fine del artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal acuerda REFORMAR EL COMPUTO DE LA PENA impuesta, a favor del penado EDUARDO ANTONIO CARIMA VILLEGAS, en los siguientes términos: Que el penado EDUARDO ANTONIO CARIMA VILLEGAS, fue detenido en fecha 25/03/1994, luego en fecha 27/01/2005 le fue otorgado el beneficio de Destacamento de Trabajo, el cual le fue revocado en fecha 12/05/2005, siendo capturado en fecha 19/05/2005, así mismo le fue otorgado el beneficio de Confinamiento en fecha 20/11/2006; posteriormente fue detenido en fecha 25/04/2007, saliendo en libertad en fecha 26/04/2007, siendo detenido nuevamente en fecha 07/05/2007, saliendo en libertad en fecha 08/05/2007, en fecha 12/06/2008 fue detenido nuevamente, saliendo en libertad en fecha 16/06/2008. En fecha 17/07/2008 fue detenido nuevamente, siéndole revocado al mismo el beneficio de Confinamiento en fecha 18/07/2008; evidenciándose que ha permanecido recl.....
Juez/Ponente:
Bolivia Alvarez
Organo:
Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Ejecución
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N° Expediente : BP02-S-2006-005207 N° Sentencia : PJ402008000779 Fecha: 22/09/2008
Procedimiento:
Curatela
Partes:
MIRNA MARIA TIRADO DE LUGO
Resumen:
En consecuencia de lo antes expuesto, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PERIMIDA LA INSTANCIA en la presente causa con fundamento en la disposición legal antes citada. Así se decide. En Barcelona a los Veintidós (22) días del mes de Septiembre de Dos Mil Ocho (2.008). Años: 198° de la Independencia y 149° de la Federación.
Juez/Ponente:
Helen Palacios García
Organo:
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
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N° Expediente : BP12-L-2007-000538 N° Sentencia : Fecha: 22/09/2008
Procedimiento:
Salarios Retenidos
Partes:
JOSE GREGORIO LLOVERA / TRANSPORTE MILITAREK, C.A.
Resumen:
Con vista de las consideraciones anteriores, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial de Estado Anzoátegui, con sede en la ciudad de El Tigre, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda por cobro de salarios caídos incoada por el ciudadano JOSE GREGORIO LLOVERA, en contra de la empresa TRANSPORTE MILITAREK, C.A.
Juez/Ponente:
Ricardo Antonio Diaz Centeno
Organo:
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo
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