El Tribunal Admíte; de conformidad con el Articulo 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, Parágrafo Primero literal "C", en consecuencia, este Tribunal Acuerda Oficiar a la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería, Caracas (ONIDEX), con el fin de que verifique la Dirección exacta de la ciudadana MARLENI JOSEFINA GIL DE GUAICARA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-8.347.508, Notifíquese al ciudadano DOMINGO RAMON GUAICARA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-8.313.854, domiciliado en: barrio Universitario, Callejón Libertad Nº 11 Barcelona municipio Simón Bolívar, Estado Anzoátegui, a los fines de que este presente en el acto conciliatorio que realizará la ciudadana Juez entre las partes. Se le advierte a ambas partes que en la misma oportunidad, se verificara el Acto Conciliatorio a las diez de la mañana (10:00 a.m.), y el acto de contestación será entre las ocho y treinta minutos de.....