D I S P O S I T I V A
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta FRANCISCO RAMON MAYORGA PADRON, quien es venezolano, natural de Aragua de Barcelona, Estado Anzoátegui, titular de la Cédula de Identidad Nº 17.422.609, nacido el día 12 de Agosto de 1984, de 27 años de edad, de estado civil soltero, profesión u oficio Chofer, hijo de los ciudadanos Francisco Mayorga (v) y Zoraida Padrón (v), residenciado en Aragua de Barcelona, Inavi, Vereda 02, Casa Nº 04, frente a las Antenas, teléfono Nº 0416-399.70.21, Estado Anzoátegui, por la comisión del delito de "HOMICIDIO y LESIONES CULPOSAS", previsto y sancionado en el artículos 409 420 respectivamente del Código Penal, todo de conformidad a lo establecido en el artículo 256, ordinales 3º, 4º y 8º del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese el respectivo ofi.....