D I S P O S I T I V A
Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, a los imputados GABRIEL JESUS GONZALEZ AGUILAR, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 20.341.564, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 03-07-1987, de 24 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de los ciudadanos Héctor González (v) y Carmen Aguilar (df), residenciado en Avenida José Antonio Anzoátegui, Villas Pequiven, Casa S/N, Puerto Píritu, Estado Anzoátegui y JULIO CESAR GUAURA, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 8.327.070, natural de Píritu, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 24-11-1963, de 47 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de los ciudadanos Rafael Méndez (v) y El.....