Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal Primero del Municipio Juan Antonio Sotillo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CONFESO FICTO al ciudadano ADAN GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 3.998.462, y CON LUGAR la demanda por DESALOJO, interpuesta por el ciudadano JOSE HERMENEJILDO SUNIAGA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 2.966.974, en contra del ciudadano ADAN GONZALEZ, ya identificado. En consecuencia, se ordena al demandado de autos hacer entrega del inmueble ubicado en el Edificio 25, Torre 25-B, apartamento 2-B. Planta Baja del Parque Residencial Los Cerezos, Urbanización el Paraíso de esta ciudad de Puerto La Cruz, Municipio Juan Antonio Sotillo del Estado Anzoátegui, para lo cual se le concede un plazo improrrogable de seis (06) meses contados a partir de la notificación .....