Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, pasa de seguidas a emitir los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: c, la cual consiste en: 1.- Presentación periódica cada QUINCE (15) días por ante la sede de la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal; 2.- Prohibición de salida de esta Jurisdicción; y SEGUNDO: Líbrese oficio al Órgano Aprehensor para que la mencionada ciudadana sea trasladado hasta este Tribunal, a los fines de que sea impuesto de las respectivas medidas. Regístrese. Notifíquese. Cúmplase.-