DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y derecho anteriormente explanadas, este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, Extensión El Tigre, administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad que le confiere la ley, declara: SIN LUGAR la demanda de divorcio, incoado por JOAQUIN ALFONZO BERMUDEZ RIVERO, venezolano, mayor de edad, domiciliado en San José de Guanipa y titular de la cédula de identidad número v- 14.132.392, asistido por el abogado: Rachird Martínez, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el numero 10.923, en contra de la ciudadana: MELISSA PATRICIA MARTINEZ VEGA, de nacionalidad Colombiana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad numero V- E-82.191.792, debitadamente representada por la defensora ad-litem, abogada: LIGIA GUITIERREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el numero 91.856 y titular de la cédula de identidad numero V- 8.476.601 fund.....