Por las razones de hecho y derecho anteriormente explanadas, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, Circuito Judicial, El Tigre, administrando Justicia en nombre de la REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad que le confiere la ley, declara: CON LUGAR la demanda de divorcio contencioso presentada por el abogado ORLANDO RAFAEL VERACIERTA VIEL, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº:10.741, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana KARIN JUNET SOLIS ZAPATA, venezolana, mayor de edad, titular del pasaporte Nº C-170967, con domicilio en el conjunto residencial Villa Araguaney, manzana 2, sector La Florida de la ciudad de Anaco del Estado Anzoátegui, posteriormente representada por apoderados judiciales en la persona de los abogados NELSON BUCARAN y JORGE BUCARAN inscritos en el inpreabogado bajo los números: 20.280 y 100.197, respectivamente, mediante la .....