CAPITULO V
DISPOSITIVA.
Por todo lo antes expuesto esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR, los recursos de apelación interpuestos por los abogados CORNELIO TARIFE, en su condición de Abogado defensor del ciudadano JHONATAN MIGUEL CABRERA ORTA; y CARLOS LUIS ROJAS LARA, en su carácter de Defensor de Confianza del imputado ERNESTO JOSÉ MADRID GONZÁLEZ, interpuestos contra las decisiones dictadas por el Tribunal de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre, en fechas 16 de agosto del 2005 y 29 de Agosto de 2005, respectivamente, mediante la cual decreta la Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad los citados ciudadanos. Fundamentando su acto impugnatorio en el artículo 447, numeral 4°, del Código Orgánico Procesal Penal, en razón de que a juicio de este Tribunal si existen suficientes el.....