Por las razones expuestas, este Tribunal de Control N° 07 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida contra NAVAS BRITO LUIS ALBERTO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 15.815.516, residenciado en la Calle Campo Claro, Casa S/N, , Sector Campo Claro, Barcelona, Estado Anzoátegui Y CHIRA CORREA MARIO JOSE Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 13.710.230, residenciado en la Calle El Recreo Cruce con Brisas del Mar, Casa N° 40, Sector Campo Claro, Barcelona, Estado Anzoátegui , por la presunta comisión del delito de ROBO ARREBATON, de conformidad con lo establecido en el articulo 458 ultimo aparte del Codigo Penal, en perjuicio del ciudadano (a) MARISOL DEL VALLE LEON MEDERO.Todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 318 ordinal 3º y 48 ordinal 8° del Codi.....