Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD SIN RESTRICCION de los ciudadanos RONNY JOSE AVILA REYES, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-18.511.608, natural de Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 12/06/1987, de 19 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio mantenimiento en refrigeración, hijo de los ciudadanos RONNY AVILA (v) y MARIA REYES (v), residenciado en la Calle Altamira, Casa N° 35, Las Delicias, Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, EDUARDO LUIS GONZALEZ MARTINEZ, venezolano, cédula de identidad N° V-18.512.828, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació el 04/05/1988, de 18 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio mecánico, hijo de VICTOR GONZALEZ (v) y ZULAY MARTINEZ (v), residenciado en la Calle Las .....