Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Séptimo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, a los ciudadanos JAVIER JOSE ALONZO MARCHAN, de nacionalidad Venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 15.192.950, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 22-11-1981, de 29 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Albañil, hijo de Humberto Alonso (v) y Eva Marchan (v), residenciado en Calle La Línea, Casa Nº 25, Sector Bella Vista, Avenida Bolívar, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, teléfono 0416-4819592-02812675725 y GABRIEL JESUS ALONZO MARCHAN, de nacionalidad Venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 16.480.431, natural de Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 13-04-83, de 27 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Pintor, hijo d.....