REPONE la misma al estado de que se practiquen las notificaciones de Ley dirigida a la contribuyente antes mencionada y a la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Oriental del SENIAT, parte fundamental en le presente Recurso y así se decide.-
En consecuencia, se deja sin efecto jurídico todas y cada una de las actuaciones realizadas a partir del auto de fecha nueve de agosto de 2012, exclusive. Así también se decide.-
De igual forma se deja expresa constancia que las Notificaciones dirigidas a los ciudadanos: Fiscal Vigésima Segunda del Ministerio Público del Estado Anzoátegui, Procuradora y Contralor General de la Republica Bolivariana de Venezuela, debidamente firmadas y selladas, conservan completamente su valor jurídico. Así se decide.-