DECISIÓN:
Por las razones de hecho y de derecho que anteceden, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO JUAN ANTONIO SOTILLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, Administrando Justicia en Nombre de LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR la demanda de RESOLUCIÓN DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO interpuesta por el ciudadano abogado RAUL MARCANO, en nombre propio y por sus propios derechos contra el ciudadano PEDRO JOSÉ RANGEL ESCOBAR, todos identificados. En consecuencia, se RESUELVE EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO suscrito entre las partes aquí identificadas, se condena a EL DEMANDADO a entregar a EL DEMANDANTE, el inmueble constituido por un apartamento identificado con el Nro. 04, de la planta alta del Edificio ¿Mita Amalia¿, ubicado en la Calle Esperanza de la ciudad de Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, libre de bienes y personas y a cancelar la cantidad de UN MILLÓN OCHOCIENTOS MIL BOLÍVARES (BS. 1.800.000,00) por concepto de d.....