De manera que habiendo transcurrido en el presente asunto, mas de un año, sin que la parte demandante haya ejecutado ningún acto de procedimiento para lograr la citación de los ciudadanos KEILA YOSELIN SISO GARCIA, JOHAN MANUEL BASTARDO y FRANCIS DE JESUS CHAGUAN SANCHEZ, es forzoso para este Tribunal, declarar que en la presente causa, contentiva de NULIDAD DE PODER , interpuesta por la ciudadana JOHANNY YANNOLETH FANDIÑO BURIEL, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad número V-16.252.032, debidamente asistida por el ciudadano WILFREDO JOSE CASTELLANO, venezolano, mayor de edad, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 67.190, contra los ciudadanos KEILA YOSELIN SISO GARCIA, JOHAN MANUEL BASTARDO y FRANCIS DE JESUS CHAGUAN SANCHEZ, venezolanos, mayores de edad, portadores de las cédulas de identidad Nros. 17.714.204, 16.069.276 y 8.226.533, respectivamente, ha operado la Perención de la Instancia conforme a lo estab.....