esta Sala de Juicio N° 01 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en uso de sus atribuciones legales conferidas en el Articulo 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, Parágrafo Primero, y competente para conocer sobre el presente asunto, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, La Demanda de Divorcio, incoada por el ciudadano JOSÉ RAMON NAVARRO ROBERTO, ya identificado contra la ciudadana ROSALBA JOSEFINA MARTINEZ, de las características antes mencionadas, de conformidad con la causal 2da del Articulo 185 del Código Civil, a saber: EL ABANDONO VOLUNTARIO; y en consecuencia declara disuelto el vinculo conyugal que une a los ciudadanos JOSÉ RAMON NAVARRO ROBERTO y ROSALBA JOSEFINA MARTINEZ. Y de conformidad con la ultima parte del Articulo 483 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, que r.....