en consecuencia éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio N° 02, Estado Anzoátegui, FIJA COMO MESADA ALIMENTICIA, para los niños XXXXXXXXXXXXXX, respectivamente, la suma de SETECIENTOS MIL BOLIVARES CON 00/100 (Bs.700.000,oo), mensuales la cual será retirada por la ciudadana YARITZA DEL VALLE LEMUS, quien es la representante legal de los antes mencionado niños, de la cuenta de ahorros signada con el N° 0007-0088-61-0010005496, llevada por éste Tribunal en el Banco Industrial de Banfoandes, agencia Barcelona, a nombre de la ciudadana YARITZA DEL VALLE LEMUS en su carácter de representante legal de los adolescentes ya mencionados, y la misma empezará a regir a partir del presente mes de Noviembre de 2007,. Asimismo se ORDENA hacerle entrega de la suma de UN MILLON DE BOLIVARES CON 00/100 (Bs.1000.000,oo), adicionales para sufragar gastos del mes de Septiembre, tales como: uniformes y útiles escolares, y la misma cantidad en el mes de Diciembre, para cubrir .....