Por los fundamentos antes expresados este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA LA EJECUCIÓN DE LA SENTENCIA contentiva de la sanción de LA MEDIDA SERVICIOS A LA COMUNIDAD, por el lapso de SEIS (06) MESES (06), que le fuera impuestas al adolescente JOSE ALBERTO RODRIGUEZ CAÑA, por la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, cometido en perjuicio de la colectividad; todo de conformidad con establecido en los artículos 62O, Literal "C", de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescentes, y 625, Ejusdem; en relación con el artículo376 DEL Código Orgánico Procesal Penal aplicado por reemisión expresa del articulo 537 de la Ley y Orgánica para la Protección del Niño y del adolescente.
El adolescente de marras debe comparecer ante este Tribunal de Ejecución de la sección de adoles.....