Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD SIN RESTRICCIONES, al ciudadano VICTOR JOSE HERNANDEZ RODRIGUEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-21.080.938, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 16-03-89, de 18 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio obrero, hijo de Fermín Hernández (v) y de Julia Rodríguez de Hernández (v), residenciado en Tierra Adentro, calle La línea Nº 36, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, con fundamento a los principios del debido proceso, afirmación de libertad y presunción de inocencia contenidos en los artículos 49 y 44 ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ratificados en los artículos 1, 8 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese el respectivo oficio de Libertad.....