...este Tribunal Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en acatamiento a lo dictaminado en las Sentencia emanadas de la Sala Constitucional de nuestro Tribunal Supremo de Justicia; la numero 1.308 de fecha 02 de Agosto del año 2001, bajo la ponencia del Magistrado ANTONIO J. GARCIA GARCIA y mas recientemente la numero 1.782 de fecha 10 de Octubre del año 2006, bajo la ponencia del Magistrado ARCADIO DELGADO ROSALES, en donde, por todas las razones legales que en ellas se establecen, valga decir, violación al debido proceso, tutela judicial efectiva, vacío legislativo, etc., se determino que la vía idónea y expedita para dilucidar este tipo de acciones, una vez agotado el procedimiento administrativo ( procedimiento de multa previsto en la Ley Orgánica del Trabajo), es la vía del Amparo Constitucional previsto en la Ley de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales; es por lo que, de conformidad con lo.....