R E S O L U C I Ó N
Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD SIN RESTRICCIÓN a favor del ciudadano MILKO JOSE MARQUEZ, quien dijo ser venezolana, 12914143, natural Barcelona, Estado Anzoátegui, Estado Anzoátegui, 04/041974, de 40 años de edad, de estado civil concubinato, de profesión u oficio Técnico en Refrigeración, hijo de los ciudadanos víctor Salazar y Argelia Márquez, residenciado en Calle Libertad Nº 30, Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, de conformidad con los artículos 49 y 44 ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ratificados en los Artículos 1, 8 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal. El procedimiento a seguir es el Ordinario. Líbrense los correspondientes oficios. Cúmplase.