Por todas las consideraciones que preceden, este Tribunal de Violencia Contra la Mujer en función de Juicio, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 244 y 250 del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA CON LUGAR la solicitud de PRÓRROGA, solicitada por la Fiscalía del Ministerio Público y acuerda en consecuencia MANTENER LA MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL DE LIBERTAD que fuera decretada en fecha 01/09/2008, en contra del ciudadano ISMAEL ANTONIO URBINA TOVAR, titular de la cédula de identidad Nº 18.126.635, nacido en fecha 09/09/1987 de 23 años de edad, de profesión u oficio ayudante de mecánica, residenciado en la Urbanización Valle del Nevera, Vía Naricual, Calle El Ian, cerca de la Policía, Estado Anzoátegui, previsto y sancionado en el articulo 43 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en concordancia con los artículos 216, 217 y 218 de la Ley Orgán.....