esta Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Declara Con Lugar la presente solicitud incoada por el ciudadano TEOLINDO DANIEL ESCALANTE DELGADO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cedula de Identidad Nº V- 12.074.359, con domicilio en la Urbanización : Parque Green, torre 10, piso 1, apartamento 1, Nueva Barcelona, Barcelona, Municipio Bolívar del Estado Anzoátegui, a favor de su sobrina (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) y de este domicilio, a tenor de lo consagrado en el artículo 517 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente.....