DISPOSITIVA
Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en funciones de Ejecución Nro. 02, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: Conforme a los artículos 493, 494 y 495, numerales 2, 4, 5, 9 y 10 del Código Orgánico Procesal Penal, se otorga el Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, a favor del ciudadano CARLOS JOSE RODRIGUEZ AVILE, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 17.761.245, nacido en Barcelona, en fecha 15-12-82 hijo de Carlos Rodríguez y Carmen Amelia, Soltero, domiciliado en Calle Principal, Barrio Pozuelos, casa S/Nº cerca de la Casilla de Poli-Sotillo del Estado Anzoátegui; por la comisión del delito de TENTATIVA DE ROBO DE VEHICULO, previsto y sancionado en el Articulo 7 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, cometido en perjuicio del C.....