En virtud de las razones expuestas anteriormente este Juzgado Primero de Primera Instancia de mediación y sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, sede Barcelona, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: INACTIVIDAD PROCESAL, en la presente demanda con motivo por ACCION REIVINDICATORIA DE LA PROPIEDAD, presentado por la ciudadana OLGA RONDON RIVERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.099.257, domiciliada en la Calle Las Rosas, Casa Nº 23, Aragua de Barcelona, Estado Anzoátegui, asistida por el Abogado en ejercicio SIMON MARCANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 30.881, en contra del ciudadano ENDER GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.277.317, domiciliado en el Sector Cayaurima, Calle Esperanza, Cerca de la Bomba, Barcelona, Estado Anzoátegui, donde se encuentran involucradas las niñas Se O.....