RESOLUCIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD INMEDIATA POR APLICACION DE MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS a favor del imputado CESAR AUGUSTO SALAZAR, venezolano, Titular de la Cedula de Identidad N° 5., Natural de Cumana, Estado Sucre, donde nació el 25-02-53, de 54 años, de estado civil soltero, de profesión u oficio Maestro de Construcción, hijo de Silvestre Zerpa (d) y Gregoria Salazar (v), residenciado en la Calle Jazmin, casa Nº 22, Barrio Bello Monte, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, en la comisión del delito de RESISTECIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218, ordinal 1º del Código Pena. Todo de conformidad en el ordinal 3º del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal. El Procedimiento a aplicar es el ordinario. Líbrense los oficios correspondientes. Cú.....