JUZGADO DEL MUNICIPIO SAN JOSÉ DE GUANIPA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, imparte su HOMOLOGACIÓN al CONVENIMIENTO suscrito por la demandada Sociedad Mercantil TODO DIESEL, C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, anotada bajo el No. 36, Tomo B-8, de fecha 13/06/1986, modificada en sus estatutos en fecha 17/01/2009, anotada bajo el No. 40, Tomo 1-A, de lo Libros respectivos, representada por el ciudadano GILBERTO FORERO VALENZUELA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-23.519.743, debidamente asistido por la Abogada GISELA PATRICIA FORERO CARCAMO, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.817.444, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 106.468, por encontrándose llenos los extremos legales contenidos en el Artículo 264 del Código de Procedimiento Civil, relativa a la materi.....