esta Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección del Niño, Niña y Adolescente de esta Circunscripción Judicial en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, y a tenor de lo establecido en el artículo 472 de la Ley especial, DECLARA: PRIMERO: DESISTIDO el PROCEDIMIENTO por EJECUCION DEL OBLIGACION DE MANUTENCION, presentada por la ciudadana MILETZI DEL VALLE JIMENEZ GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.907.370, de este domicilio, debidamente asistido en este acto por la Defensora Pública Segunda de Protección del Estado Anzoátegui, Abogado NELMAR CONTRERAS, en contra del ciudadano OSCAR DE JESUS BERMUDEZ CARVAJAL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.416.766, domiciliada en el sector Las Mercedes, Paraiso II, Nro 17 de la ciudad de Puerto La Cruz Municipio Sotillo del Estado Anzoátegui, a favor de su hijo, el Adolescente.....