Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO a favor del imputado DYANNA DEL CARMEN FREITES, quien es venezolana, titular de la cédula de identidad N° 16.927.214, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 01/05/1983, de 23 años de edad, Soltera, Ingeniero Industrial, hija de Oswaldo Freites y Susana Herrera, residenciada en urbanización la Florida, Edificio Nª 8, Apto 2-B, Urbanización Boyaca II, Barcelona, Estado Anzoátegui, por el delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 420, Ordinal 2 del Código Penal, cometido en perjuicio del Adolescente: JESUS DANIEL ORTIZ. Líbrese oficio a la Jefatura de Alguacilazgo a fin de participar que la imputada de autos se presentará por ante esa Oficina, cada D.....