esta Jueza del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui, sede El Tigre, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Se Declara con Lugar la Solicitud por la ciudadana ALICIA JOSEFINA GUERRA MAESTRE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad, Nº V-8.973.155, actuando en su representación de su hijo y los adolescentes: ...., respectivamente. SEGUNDO: Se declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del extinto ciudadano JOSE SEGUNDO REYES PEREIRA (fallecido), el día 20 de octubre del año 2012, quien era venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V.-9.898.988 a su esposa ALICIA JOSEFINA GUERRA MAESTRE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad, Nº V-8.973.155, actuando en su representación de su hijo y los adolescentes: .... respectivamente. Dejándose a.....